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Veterinarios Badajoz# MEDICAMENTOS VETERINARIOS

Ante las informaciones difundidas por terceros al respecto del papel desempeñado por la OCVE y, particularmente, por el CGCVE, en relación al proceso de modificación de la normativa sobre medicamentos veterinarios derivada de la próxima entrada en vigor del Reglamento (UE) 2019/6, de 11 de diciembre, el CGCVE considera necesario poner en conocimiento de todo el colectivo de la profesión veterinaria al que representa las siguientes cuestiones:

1º.- Desde, al menos, el año 2003, se han producido reiteradas actuaciones e iniciativas por parte del CGCVE y los Colegios que lo integran con la pretensión de que los veterinarios/as puedan dispensar en sus centros y establecimientos los medicamentos destinados a los animales que, previamente, hayan atendido y diagnosticado y siempre con la finalidad de completar el tratamiento que pudieran precisar esos animales.

2º.- Entre tales iniciativas se pueden citar diversas y repetidas propuestas de modificación de la normativa vigente, contactos con los departamentos ministeriales responsables y con los representantes de los distintos partidos políticos que, se reitera, se vienen produciendo desde hace casi dos décadas con esa finalidad.

3º.- No se conoce en este momento por el CGCVE proyecto normativo alguno tendente a incorporar las previsiones del Reglamento comunitario antes citado al ordenamiento jurídico español, por lo que es rigurosamente falso que el CGCVE se haya manifestado al respecto de cualquier propuesta normativa escrita efectuada por parte de la Administración, simple y llanamente, porque no ha existido.

4º.- El CGCVE solo llevará a cabo iniciativas promovidas por los Colegios Oficiales y Consejos Autonómicos que lo integran, previo contacto con las asociaciones profesionales más representativas y no va a aceptar posturas de asunción de planteamientos conjuntos de terceros que sean contrarios al ordenamiento jurídico con arreglo a la normativa vigente en este momento, máxime si provienen de entidades que no representan al colectivo y cuyos intereses pueden entrar en conflicto con, al menos, una parte de los veterinarios/as colegiados/as.

5º.- A tal efecto, el CGCVE tiene previsto celebrar próximamente una Asamblea General de Presidentes de Colegios, en tanto que órgano supremo de nuestra Corporación, con el fin de debatir los futuros cambios normativos en esta materia y promover ante la Administración el posicionamiento conjunto que resulte de las deliberaciones y acuerdos que, eventualmente, pueda adoptar la citada asamblea y que, sin duda, deben traer causa de las iniciativas que puedan plantear los Colegios y los veterinarios/as que los integran.

6º.- Por último, el CGCVE se reserva el derecho a ejercitar cuantas acciones le pudieren asistir frente a quienes atenten contra la dignidad y honor de los miembros de los órganos de gobierno de los Colegios, Consejos Autonómicos y del propio CGCVE, en su caso. Y, particular y especialmente, contra cualquier entidad que pueda inducir a nuestros profesionales a realizar actuaciones no permitidas por el ordenamiento jurídico y que podrían generar responsabilidad a nuestros colegiados/as, tales como dispensar y/o vender medicamentos veterinarios mientras no lo permita la normativa en vigor.