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Tras las últimas denuncias presentadas en esta Entidad Colegial, contra varios compañeros en relación a la hospitalización de las mascotas en los centros veterinarios, y con el fin de aclarar las dudas que pueda haber entre los responsables de los mismos, adjunto se remite las siguientes consideraciones respecto a qué tipos de centros pueden ofrecer servicios de hospitalización, y si resulta obligatoria la presencia del profesional veterinario durante la hospitalización de un animal para su vigilancia:

Primera.- El Reglamento para el ejercicio profesional en clínica de animales de compañía indica en su artículo 4 aquellos requisitos que deben cumplir los centros veterinarios para ser considerados como consultorio, clínica, hospital, o centro de referencia.

Entre las exigencias para los Hospitales Veterinarios se encuentra la de ofrecer un servicio de hospitalización o aislamiento de animales. Además, el centro también debe disponer del número necesario de veterinarios que permita garantizar un servicio continuado de asistencia presencial veterinaria en el hospital las 24 horas, en especial, a los animales hospitalizados.

Segunda.- Lo anterior no significa que las otras tipologías de centros no puedan ofrecer un servicio de hospitalización, si estas disponen de los medios necesarios para ello. Simplemente, que los Hospitales Veterinarios sí que tienen la obligación de ofrecer ese servicio para ser considerados como tales.

Tercera.- Con respecto a la cuestión de si el animal debe estar acompañado en todo momento, os informamos de que el día 29 de abril de 2021 la Comisión Deontológica del Consejo General emitió informe por el que se dio respuesta a esta cuestión, concluyendo lo siguiente:

“El veterinario debe desarrollar un papel activo durante la hospitalización del paciente. En la práctica totalidad de los casos donde se producen ingresos de pacientes en centros hospitalarios se requiere un seguimiento facultativo continuo que permita responder a cualquier complicación que pudiere manifestarse. Dicho de otro modo, la falta de este tipo de atenciones continuadas implicaría un perjuicio grave para la salud del paciente ingresado. De ello se deriva que el veterinario deba dirigir la atención regular y periódica del paciente durante el periodo de tiempo que implica su hospitalización”.

Este informe hacía referencia a otro emitido por la Comisión Deontológica en fecha 18 de septiembre de 2014, el cual resolvió la cuestión en idénticos términos.

Cuarta.- Es posible que el veterinario sea auxiliado para esta tarea por otros profesionales relacionados con la sanidad animal (auxiliares, enfermeros, etc.), pero siempre será bajo la responsabilidad directa del primero, quien deberá estar presente en el centro, interpretar la evolución clínica del animal y tomar las decisiones sanitarias adecuadas conforme a los protocolos existentes.

Quinta.- En síntesis, es OBLIGATORIO que el animal hospitalizado se encuentre vigilado -tanto de día como de noche- por un facultativo veterinario presencial en el centro.